Obtenga contenido exclusivo con el canal de WhatsApp de Gulf News Estos son los puntos clave que debe conocer como trabajador del sector privado de los EAU. 1. El plazo de prescripción de las reclamaciones laborales se amplía a dos años «El artículo 54 del Decreto-Ley Federal de los EAU Nº 33 de 2021 sobre la Regulación de las Relaciones Laborales (la Ley Laboral de los EAU) ha sufrido cambios significativos a través del Artículo 1 del Decreto-Ley Federal Nº 20 de 2023 y posteriormente a través del Artículo 1 del Decreto-Ley Federal Nº 9 de 2024, el nuevo decreto», dijo a Gulf News Reda Hegazy, socio de Al Suwaidi and Company Advocates and Legal Consultants. Uno de estos cambios es el aumento del plazo de prescripción de los casos laborales. «El plazo de prescripción para reclamar derechos laborales en virtud de la Ley Laboral de los EAU ha cambiado de un año a partir de la fecha de titularidad del derecho a dos años a partir de la fecha de terminación de la relación laboral», dijo. Hari Wadhwana, socio del bufete de abogados OGH Legal, con sede en Dubái, aclaró que esta prórroga puede ser utilizada tanto por empleadores como por empleados. “El artículo 54 (9) de la Ley del Trabajo ahora permite que tanto el empleador como el empleado presenten una reclamación en virtud de la Ley del Trabajo en un plazo de hasta dos años a partir de la fecha de terminación de la relación laboral, lo que da a las partes más tiempo para evaluar su situación y luego presentar una reclamación”, dijo.
El artículo 54 (9) de la Ley del Trabajo ahora permite que tanto el empleador como el empleado presenten una reclamación bajo la Ley del Trabajo con un plazo de hasta dos años a partir de la fecha de terminación de la relación laboral, lo que da a las partes más tiempo para evaluar su situación y luego presentar una reclamación. – Hari Wadhwana, asociado del bufete de abogados OGH Legal, con sede en Dubai 2. No hay apelación para casos inferiores a 50.000 dirhams, presente un caso ante el Tribunal de Primera Instancia, en su lugar Desde el 1 de enero de 2024, el Ministerio de Recursos Humanos y Emiratización (MOHRE) ha estado manejando casos laborales con reclamaciones de hasta 50.000 dirhams. «El artículo 54 (2) de la Ley del Trabajo confirma que el MOHRE sigue teniendo poderes para escuchar, determinar y emitir decisiones para todas las reclamaciones que no superen los 50.000 dirhams y estas reclamaciones son inmediatamente ejecutables», dijo Wadhwana. Pero mientras que antes su decisión podía ser apelada a través del Tribunal de Apelación, a partir del 31 de agosto, este proceso cambiará. “Las demandas que impugnan la decisión del Ministerio ahora deben presentarse ante el Tribunal de Primera Instancia en lugar del Tribunal de Apelaciones. En el decreto anterior, el artículo 1 del Decreto-Ley Federal No. 20/2023, la decisión del Ministerio era apelable ante el Tribunal de Apelaciones dentro de los 15 días hábiles. Sin embargo, el nuevo decreto modifica el artículo 54 para permitir que cualquier parte involucrada en la disputa presente una demanda contra la decisión del Ministerio directamente en el Tribunal de Primera Instancia. Esto representa un cambio significativo, ya que introduce un nuevo proceso legal en lugar de una apelación y, lo que es más importante, la sentencia del Tribunal de Primera Instancia es definitiva”, dijo Hegazy. Al explicar el nuevo proceso, Wadhwana agregó que la demanda ante el Tribunal de Primera Instancia debe presentarse dentro de los 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la decisión del MOHRE. “El Tribunal de Primera Instancia fijará una audiencia dentro de los tres días hábiles y se emitirá una sentencia dentro de los 30 días hábiles a partir de la fecha de presentación de la apelación. «Una vez que se dicte esta sentencia, no se permitirán más apelaciones», dijo Wadhwana. Nuevo proceso para reclamos laborales de 50.000 dirhams o menos • El MOHRE emite su decisión.
• Cualquier impugnación deberá presentarse ante el Juzgado de Primera Instancia dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia.
• El Juzgado de Primera Instancia fijará audiencia dentro de los tres días hábiles siguientes.
• La sentencia deberá dictarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de interposición del recurso.
• La sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia es definitiva. ¿Qué pasa con los casos laborales pendientes? Hegazy aclaró que a partir del 31 de agosto, según el artículo 2 del nuevo decreto, cualquier solicitud, disputa o queja pendiente ante el Tribunal de Apelación se transferirá al Tribunal de Primera Instancia sin tarifas adicionales. 3. Aumento de las multas por infracciones laborales La nueva ley también ha introducido sanciones más severas por infracciones de la legislación laboral. Bajo la ley anterior, las multas oscilaban entre 50.000 y 200.000 dirhams por delitos como emplear a trabajadores sin permisos, utilizar permisos de trabajo para fines no autorizados o cerrar establecimientos sin resolver los derechos de los trabajadores. La ley enmendada ahora establece multas de entre 100.000 y 1 millón de dirhams para estas infracciones.
El nuevo decreto introduce una nueva disposición en el artículo 60 (2), que impone una multa de entre 100.000 y 1.000.000 de dirhams a los empleadores que eludan las leyes, reglamentos o decisiones que rigen el mercado laboral y contraten a uno o más trabajadores de manera ficticia. – Reda Hegazy, socia de Al Suwaidi and Company Advocates and Legal Consultants “Además, el nuevo decreto introduce una nueva disposición en el artículo 60 (2), que impone una multa de entre 100.000 y 1.000.000 de dirhams a los empleadores que eludan las leyes, reglamentos o decisiones que rigen el mercado laboral y contraten a uno o más trabajadores de manera ficticia”, dijo Hegazy. Infracciones que tienen una pena más severa Según el anterior Artículo 60 de la Ley Laboral de los EAU, las sanciones por infracciones de los empleadores oscilaban entre 50.000 y 200.000 dirhams por los siguientes delitos:
• Emplear a un trabajador que no haya obtenido permiso para trabajar para él.
• Reclutar o emplear a un trabajador y dejarlo sin trabajo.
• Utilizar los permisos de trabajo para fines distintos a los previstos para su expedición.
• Cerrar un establecimiento o suspender sus actividades sin tomar los procedimientos para resolver los derechos de los trabajadores, en violación de las disposiciones de la Ley Laboral de los EAU y sus reglamentos y decisiones de implementación.
• Emplear a un menor en violación de esta Ley Laboral de los EAU.
• Aceptar emplear a un menor en violación de esta Ley Laboral de los EAU, que tenga la tutela o custodia del menor.
El nuevo decreto ha aumentado significativamente estas sanciones, que van desde 100.000 a 1 millón de dirhams. Regulación más estricta para la contratación ficticia Hegazy agregó que si tal violación dio como resultado que el empleador se beneficiara de una entidad gubernamental, el Tribunal también ordenará al empleador que devuelva los incentivos financieros, y el empleador tampoco tendrá derecho a reclamar los incentivos financieros del trabajador que fue contratado de manera ficticia. «Esta sanción se multiplica por el número de trabajadores que fueron contratados de manera ficticia», agregó.