
El Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos ha emitido un Decreto-Ley Federal que modifica disposiciones específicas del Decreto-Ley Federal sobre Trabajadores Domésticos y sus Enmiendas. Estas enmiendas tienen como objetivo fortalecer los derechos de todas las partes involucradas en las relaciones laborales, así como facilitar y acelerar la resolución de disputas. El nuevo decreto modifica la jurisdicción para las disputas relacionadas con los trabajadores domésticos, transfiriendo dichos casos del Tribunal de Apelación al Tribunal de Primera Instancia. Los Tribunales de Apelación deben transferir todas las solicitudes, disputas y quejas pendientes al Tribunal de Primera Instancia tal como están, sin ningún costo, a partir de la fecha en que entre en vigencia la presente Ley. Esto no se aplica a los casos que ya han sido sentenciados por el juez o que se encuentran en la lista de espera del tribunal para su sentencia. La Ley estipula que si surge una disputa entre el empleador, el trabajador doméstico o la empresa de contratación y no se puede resolver de manera amistosa, el asunto debe remitirse al Ministerio de Recursos Humanos y Emiratización. El Ministerio está facultado para tomar las medidas adecuadas para resolver la disputa de manera amistosa, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Reglamento Ejecutivo de esta Ley y las decisiones vigentes. Si no se llega a una solución amistosa dentro del plazo designado, el Ministerio debe remitir la disputa al Tribunal de Primera Instancia competente. Esta remisión incluirá un memorando que resuma la disputa, los argumentos de ambas partes y las recomendaciones del Ministerio. El Ministerio también está facultado para resolver disputas si el monto total de la reclamación no excede los 50.000 AED o si la disputa involucra el incumplimiento por parte de una de las partes de una decisión previa de solución amistosa emitida por el Ministerio, independientemente del monto de la reclamación. La decisión del Ministerio en tales casos tendrá el efecto de un instrumento ejecutivo y se tratará como una orden de ejecución de acuerdo con los procedimientos estándar. Cualquier parte en la disputa puede presentar, dentro de los 15 días hábiles siguientes a ser notificada, una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia competente para impugnar la decisión del Ministerio. La sentencia del Tribunal de Primera Instancia en este caso es definitiva y la interposición de una demanda suspenderá la ejecución de la decisión del Ministerio.
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