El decreto impone multas de no menos de 100.000 dirhams y no más de 1 millón de dirhams a cualquier empleador que emplee a trabajadores sin un permiso adecuado, contrate a trabajadores o los traiga al país y no les proporcione un trabajo, haga un mal uso de los permisos de trabajo o cierre un negocio o suspenda sus actividades sin resolver los derechos de los trabajadores, en violación del nuevo decreto y su Reglamento Ejecutivo. Las mismas sanciones se aplican al empleo ilegal de menores o al permitir que los menores trabajen en violación de la ley por parte de sus tutores. Además, el nuevo decreto introduce sanciones penales por contratación ficticia, incluida la emiratización ficticia. Por lo tanto, los empleadores declarados culpables de eludir las disposiciones de las leyes o reglamentos ejecutivos o decisiones que regulan el mercado laboral, al fingir la contratación de uno o más empleados, se enfrentarán a multas que oscilan entre 100.000 y 1 millón de dirhams. La sanción se multiplica respectivamente por el número de trabajadores involucrados en el empleo ficticio. Las enmiendas establecen que en caso de disputas laborales, y si hay un desacuerdo con una decisión del Ministerio de Recursos Humanos y Emiratización emitida para resolver la disputa, el caso se llevará ante el Tribunal de Primera Instancia en lugar del Tribunal de Apelación. El tribunal revocará el procedimiento con cualquier reclamación presentada después de dos años desde la terminación de la relación laboral, de conformidad con las disposiciones de la presente ley. Además, el nuevo Decreto estipula que los procedimientos penales por empleo ficticio, incluida la emiratización fraudulenta, solo se pueden iniciar a solicitud del Ministro de Recursos Humanos y Emiratización o su representante autorizado. El Decreto también otorga al Ministerio el poder de resolver tales casos a solicitud del empleador antes de que se dicte una sentencia judicial, siempre que el empleador pague al menos el 50 por ciento de la multa mínima especificada y devuelva al gobierno todos los incentivos financieros recibidos por sus empleados ficticios. Además, de acuerdo con el nuevo decreto-ley, los Tribunales de Apelación remitirán todas las solicitudes, controversias y reclamaciones relativas a la regulación de las relaciones de trabajo, en su estado actual, al Tribunal de Primera Instancia competente, a partir de la fecha de implementación de las disposiciones de este decreto-ley, con excepción de las controversias que hayan sido dirimidas o reservadas para la emisión de sentencia.
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