
El Gobierno de los EAU ha emitido un Decreto-Ley Federal que modifica disposiciones específicas del Decreto-Ley Federal sobre la Regulación de la Relación Laboral, conocido como “Ley Laboral de los EAU”.
Este decreto forma parte de los esfuerzos continuos de los EAU por seguir desarrollando su marco legislativo y legal. Su objetivo es garantizar la eficiencia y la competitividad del mercado laboral, regular las relaciones laborales, definir claramente los derechos y obligaciones de todas las partes involucradas y garantizar su protección por ley. El decreto impone multas de no menos de 100.000 AED y no más de 1 millón de AED a cualquier empleador que emplee a trabajadores sin un permiso adecuado, contrate a trabajadores o los traiga al país y no les proporcione un trabajo, haga un mal uso de los permisos de trabajo o cierre una empresa o suspenda sus actividades sin resolver los derechos de los trabajadores, en violación del nuevo decreto y su Reglamento Ejecutivo. Las mismas sanciones se aplican al empleo ilegal de menores o al hecho de permitir que los menores trabajen en violación de la ley por parte de sus tutores. Además, el nuevo decreto introduce sanciones penales por el reclutamiento ficticio, incluida la emiratización ficticia. Por lo tanto, los empleadores que sean declarados culpables de eludir las disposiciones de las leyes o reglamentos ejecutivos o decisiones que regulan el mercado laboral, falsificando la contratación de uno o más empleados, se enfrentarán a multas que oscilarán entre 100.000 AED y 1 millón de AED. La multa se multiplicará por el número de trabajadores involucrados en el empleo ficticio. Las enmiendas establecen que en el caso de disputas laborales, y si hay un desacuerdo con una decisión del Ministerio de Recursos Humanos y Emiratización emitida para resolver la disputa, el caso se llevará ante el Tribunal de Primera Instancia en lugar del Tribunal de Apelación. El tribunal revocará el procedimiento con cualquier reclamación presentada después de dos años desde la terminación de la relación laboral, de acuerdo con las disposiciones de la presente ley. Además, el nuevo decreto estipula que los procedimientos penales por empleo ficticio, incluida la emiratización fraudulenta, solo se pueden iniciar a solicitud del Ministro de Recursos Humanos y Emiratización o su representante autorizado. El decreto también otorga al Ministerio la facultad de resolver estos casos a petición del empleador antes de que se dicte una sentencia judicial, siempre que el empleador pague al menos el 50 por ciento de la multa mínima especificada y devuelva al gobierno todos los incentivos financieros recibidos por sus empleados ficticios. Además, según el nuevo decreto-ley, los Tribunales de Apelación remitirán todas las solicitudes, disputas y reclamaciones relativas a la regulación de las relaciones laborales, en su estado actual, al Tribunal de Primera Instancia competente, a partir de la fecha de implementación de las disposiciones de este decreto-ley, excepto las disputas que hayan sido juzgadas o reservadas para la emisión de una sentencia.
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